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viernes, 16 de diciembre de 2011cermi.es semanal Nº 15

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CERMIS Autonómicos

El CERMI Andalucía aplaude la aprobación de la Ley de Salud Pública

15/12/2011

El CERMI Andalucía aplaude la aprobación por parte del Gobierno de Andalucía de la Ley de Salud Pública. El presidente del Comité Autonómico, José Manuel Porras, estuvo presente en el Parlamento en el momento de la aprobación.

La nueva norma tiene como objetivo continuar mejorando la salud de la población desde una nueva perspectiva, en la que primarán las políticas de protección y promoción.
El texto introduce la perspectiva de la salud colectiva como eje transversal de las políticas, que deja atrás el carácter asistencial del sistema para abundar en las políticas de prevención y promoción y que redefine la salud pública para adaptarla a las nuevas necesidades. 

En este sentido, gracias a la nueva normativa, la salud pública adopta una dimensión global e introduce el principio de equidad generacional, que incide en que la salud del futuro será el reflejo de las medidas que hoy en día se toman.

Por otra parte, la Ley de Salud Pública declara que la Administración sanitaria de Andalucía desarrollará las políticas de solidaridad y equidad en salud garantizando la aplicación de acciones que permitan, entre otras, establecer los procedimientos para identificar precozmente las necesidades de salud de la ciudadanía que requieran una atención de salud extraordinaria.

Así, esta nueva norma recoge entre las prestaciones de salud pública, la prevención y protección de la salud ante cualquier otro factor de riesgo, en especial la prevención de las discapacidades y dependencias, así como la atención temprana dirigida a la población infantil de 0 a 6 años, afectada por trastornos en el desarrollo o con riesgo de padecerlos.

Según la Ley, la atención integral a la población con necesidades específicas de apoyo de salud pública se regirá por los principios de normalización e inclusión, al mismo tiempo que recoge que se aplicará el enfoque de los derechos de las personas con discapacidad y de la infancia en las políticas de salud.

En materia de promoción de la salud, el texto reconoce el derecho a la información “clara, adecuada y precisa” de todos aquellos aspectos relativos a la salud, dirigida a la población con discapacidad intelectual y a sus familias, incidiendo sobre las discapacidades y factores de riesgo.

Asimismo, se reconoce el derecho a programas de salud pública específicos o adaptados a las necesidades especiales por parte de los menores, los mayores, las personas que se encuentren en situación de dependencia, las personas con discapacidad física, intelectual o sensorial, las que soporten situación o riesgo de exclusión social, las que sufran enfermedad mental, las que estén en situación terminal, las que padezcan enfermedades crónicas y discapacitantes, las diagnosticadas de enfermedades raras o de baja incidencia en la población, entre otras.

En materia de prevención de los problemas de salud, el texto recoge que las actuaciones se dirigirán a todas las etapas de la vida de las personas –infancia, adolescencia, juventud, edad adulta y vejez– para prevenir la aparición de problemas de salud física y mental mediante el diagnóstico precoz de enfermedades congénitas y de problemas del desarrollo infantil, así como la atención temprana de esos problemas, y la identificación precoz de las circunstancias o problemas de salud que hagan evolucionar la enfermedad a discapacidad o de ésta a dependencia.

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